Dependencia: reconocimiento de la situación y prestaciones
Este servicio le permite tramitar, a través del Registro electrónico, su solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y de las prestaciones del Sistema en el ámbito de Ceuta y Melilla.
Codi SIA
0994457
Tipo de tramitación
Procedimiento
Denominació del procedimiento
Reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla
Objecte
Reconocer en Ceuta y Melilla el derecho a los servicios y prestaciones establecidas para la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia
Qui pot sol·licitar-ho
- Ciudadano/a
Termini de sol·licitud
Modelaje
- Solicitud de Reconocimiento de la Situación de Dependencia y del Derecho a las Prestaciones del SAAD (3,2 MB)
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- Informe de Salud (46 KB)
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- Informe Social (necesario, en su caso, para la elaboración del Programa Individual de Atención) (166 KB)
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- Declaración de Guardador de Hecho (257 KB)
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- Solicitud telemática
Información complementaria del procedimiento
Requisits
- Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. Para los menores de 5 años el período de residencia se exigirá a quién ejerza su guardia y custodia.
- Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su Integración Social, en los tratados Internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. Para los menores que carezcan de la nacionalidad española, se estará a lo dispuesto en las leyes del menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los tratados internacionales.
- En el caso de emigrantes españoles retornados que no cumplan el requisito de residencia, podrán tener acceso a las prestaciones mediante un sistema asistencial.
Documentació
En el supuesto de que la persona solicitante o la persona que ostente su representación se opongan a que el Imserso consulte por medios electrónicos los datos consignados en la solicitud o los documentos necesarios para su resolución, deberá aportar, en su caso, la documentación que se detalla en el formulario de solicitud.
Normatives
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Real Decreto 291/2015, de 17 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
- Orden TAS/2455/2007, de 7 de agosto, por la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo en el año 2007, de los Reales Decretos que desarrollan la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, en las Ciudades de Ceuta y de Melilla.
- Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.
Canals de comunicació i informació
- Correu electrònic: buzon@imserso.es
- Página web: Sede Electrónica del Imserso
- Teléfono: +34 912 667 713
Centre directiu
Dirección General del Imserso
Unitat gestora
Direcciones Territoriales de Ceuta y Melilla
Foma de iniciación
Persona interesada
Efecte del silenci administratiu
Negativo
Termini de resolució
3 meses
Notificación
Recursos
Termini d'interposició de recurs
1 mes
Estadísticas
Para acceder a este procedimiento compruebe que los requisitos técnicos necesarios.
Acceso al procedimiento
Este procedimiento se circunscribe al ámbito de actuación del Imserso, en concreto las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla; si no reside en estas ciudades, su solicitud tendrá que tramitarla ante el órgano gestor competente de la Comunidad Autónoma de su domicilio. A través de este servicio podrá solicitar dicho reconocimiento de la situación de dependencia mediante la cumplimentación previa del documento Formulario de solicitud en formato PDF que deberá descargar desde el detalle de este procedimiento. En este sentido le advertimos que durante el proceso de registro electrónico que inicie deberá adjuntar el citado Formulario así como, en su caso, aquellos ficheros que contengan la documentación que estime pertinente aportar.
El acceso a este procedimiento se realiza mediante Cl@ve. Si necesita ayuda adicional para utilizar este sistema, puede obtenerla a través de los siguientes medios:
- A través del portal de información de Cl@ve.
- Dejando un mensaje en nuestro Buzón de atención.
dilluns, 29 d’abril 2024 08:56