Subvencions sotmeses al Règim General de subvencions de l’Imserso en l’àrea d’atenció a persones grans
Este servicio permite tramitar, a través del Registro electrónico, una solicitud de subvención a entidades no gubernamentales en el área de atención a personas mayores.
Codi SIA
0025751
Tipus de tramitació
Procedimiento
Denominació del procedimiento
Subvenciones sometidas al Régimen General de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), en el área de atención a personas mayores
Objecte
Subvencionar la realización de actuaciones sociales dirigidas al fortalecimiento del Tercer Sector de acción social en el ámbito de la protección del colectivo de personas mayores y a favorecer y apoyar el movimiento asociativo y fundacional del mismo.
Qui pot sol·licitar-ho
- Asociaciones, federaciones, confederaciones, uniones o personas jurídicas
Termini de sol·licitud
Cerrado
Modelatge
- Anexo I, Solicitud 2025.
- Anexo II, Memoria Explicativa de la Entidad 2025.
- Anexo III, Memoria Explicativa de la Actuación 2025.
- Logotipo que identifica el origen de la subvención, que deberá incorporarse de forma visible en el material que se utilice para las actuaciones subvencionadas.
- Anexo: Información Adicional sobre Protección de Datos.
- Instrucciones para la cumplimentación de la solicitud de subvención 2025
.
- Solicitud telemática
Informació complementària del procediment
Requisits
- De conformidad con el artículo 3 de la Orden de Bases, podrán acceder a la condición de beneficiario las entidades no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Tener implantación estatal, según su título constitutivo.
- Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Haber justificado en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
- Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
- Dedicarse de acuerdo con sus Estatutos a la realización de actuaciones en favor de las personas mayores.
A los efectos exclusivos de esta convocatoria se entenderán por personas mayores, los mayores de 60 años. - No se entenderán incluidas dentro de la tipología de estas entidades no gubernamentales las corporaciones de derecho público, las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las sociedades civiles, sociedades cooperativas y sociedades mercantiles y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
- No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la L.G.S.
Documentació
La especificada en el artículo 5 de la Resolución de la convocatoria. A fin dar cumplimiento a lo establecido por el artículo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas sobre «Declaración responsable y comunicación», se facilitan a continuación instrucciones y modelos de declaración responsable de obligatorio cumplimiento dentro del procedimiento de solicitud por las ONG que concurran a esta convocatoria, y que deberán de acompañar a la misma:
Normatives
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
- Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero,por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores.
- Resolución de 25 de junio de 2025
, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones al régimen general de subvenciones del Imserso en el área de atención a mayores, durante el año 2025.
- Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2025, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de subvenciones al régimen general de subvenciones del Imserso en el área de atención a mayores, durante el año 2025.
Canals de comunicació i informació
- Correu electrònic: buzon@imserso.es
- Página web: Sede Electrónica del Imserso
- Teléfono: +34 912 667 713
Centre directiu
Dirección General del Imserso
Unitat gestora
Dirección General del Imserso
Foma d'iniciació
Persona interesada
Efecte del silenci administratiu
Negativo
Termini de resolució
6 meses
Notificació
Recursos
Para acceder a este procedimiento compruebe que los requisitos técnicos necesarios.
Accés al procediment
Cerrado
A través de este servicio las entidades interesadas podrán solicitar electrónicamente su participación mediante la cumplimentación previa de los Formularios de solicitud correspondientes (Anexo I, II y III) que podrán ser descargados desde el detalle de este procedimiento. En este sentido se advierte que durante el proceso de registro electrónico que se inicie deberá adjuntarse los Formularios correspondientes, en su caso, así como aquellos ficheros que contengan la documentación que se estime pertinente aportar.
El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de 2025 finalizó el 31 de julio de 2025.
El acceso a este procedimiento se realiza mediante Cl@ve. Si necesita ayuda adicional para utilizar este sistema, puede obtenerla a través de los siguientes medios:
- A través del portal de información de Cl@ve.
- Dejando un mensaje en nuestro Buzón de atención.
dijous, 22 de gener 2026 22:14
