Requisitos y procedimiento de admisión

Serán beneficiarias de los programas de atención directa las personas que reúnan las siguientes condiciones:

  • Ser beneficiaria de la Seguridad Social o tener derecho a las prestaciones de los Servicios Sociales, en virtud de Ley o Convenio Internacional.
  • Tener hasta 65 años de edad.
  • Estar afectada de enfermedad rara según la definición de la Unión Europea.
  • No requerir atención médica especializada o cuidados que no puedan ser proporcionados en el centro o que excedan de su capacidad, ni alteraciones del comportamiento que impidan la normal convivencia en centros residenciales.
  • Estabilidad médica.
  • No padecer alteraciones de comportamiento que impidan la normal convivencia en el centro.

La admisión de las personas usuarias que reúnan las condiciones anteriores se efectuará según criterios técnicos facultativos, considerando:

  • La tipología o diagnóstico de la enfermedad, estadio evolutivo, edad y condiciones que se establezcan para la formación de los grupos homogéneos.
  • En el caso de población infantil y juvenil, presentar discapacidades intelectuales, motoras, sensoriales o mixtas susceptibles de intervención, y formas orgánicas de las enfermedades que requieran pautas educativas, intervención psicológica o cualquier otra, que sean susceptibles de beneficiarse de los programas que ofrece el centro.

viernes, 06 junio 2025 12:36